jueves, 4 de diciembre de 2008

Primera victoria

Esta es la imagen del futuro para las parcelaciones de Medina Azahara. Un primer paso pero muy, muy simbólico. El infractor, finalmente, ha tenido que iniciar la reparación de su desaguisado, aunque mientras esté recurriendo al Tribunal Constitucional. Bravo por la sección de la audiencia que no se ha dejado engañar por ese recurso, porque en ningún caso el alto tribunal podrá amparar en la Carta Magna la construcción de viviendas ilegales. El inculpado está, como es compresible, muy enfadado por la disparidad de sentencias. Desde aquí le envió mi absoluta confianza en que al final no quedará una sola casa. Sólo espero que a los demás no les acaben pagando una millonada y a el le cueste dinero. Eso si sería injusto, el tratamiento debería ser igual para todos, aunque es evidente que este caso era especialmente sangrante, ya que construyó tras la ampliación del BIC.
En cualquier caso, una gran noticia para los que nos oponemos a la impunidad urbanística.

Pd: Incluyo el vinculo de El País donde apareció la noticia.

http://www.elpais.com/articulo/andalucia/Primera/baja/Pitas/elpepiespand/20081204elpand_4/Tes

11 comentarios:

PITERO dijo...

Segun tu , la Seccion Segunda de la Audiencia Provincial , si se ha dejado engañar? Por que esta , si que ha resuelto a favor de los parcelistas?

PITERO dijo...

Ah por cierto si a esta persona el TC le da la razón en su recurso que pasará. La cosa está dificil ,pero las prisas que la Sr Mudarra se está dando en agilizar el proceso da que pensar.Que mas da haber esperado hasta que el TC se pronunciase, toda vez que la obra ya se encontraba paralizada desde el mismo momento que la autoridad "incompentente" le requirio para ello. Lp dicho si el TC le da la razon entonces si que de tu bolsillo y del mio saldrán los euros para construirle una bonita casa a este señor.

Hastur dijo...

Bueno, eso está por ver, Pitero, el TC tendrá que decir que pasa en caso de que le dé la razón, aunque parece dificil ampararse en la constitucionalidad de poder tener una casa ilegal. A mi me parece que es una medida desesperada para intentar retrasar el derribo, por eso estoy de acuerdo con la no suspensión cautelar de la sentencia.

Hastur dijo...

En cuanto a la sección segunda... se ha pasado por el arco del triunfo las conclusiones del plenillo que se realizó para unificar medidas. Habría que ver que motivos tuvo para hacer algo asi, puede que se descubrieran motivos poco eticos para saltarse las directrices acordadas entre todos los jueces.

PITERO dijo...

A ver primero no hay nada mas constitucional que el Dº a una vivienda reconocido en la propia Constitucion, aunque ya sabemos que eso mas que derecho en un brindis al Sol.Por cierto no aclaras en el caso de que se la diese. Ademas una de las causas que se alegan en el recurso es el desconocimiento de la declaracion de zona B.I.C.Por si lo desconoces es un requisito comunicar por escrito a las personas propietarias de un bien declarado B.I.C.del nuevo status de dicho bien.A ti te ha llegado alguna carta, si es así porfa plis hazmela llegar.Y no me vale con que eso salia en el Cordoba o era vox populi, por qué que yo sepa el Cordoba todavia la consideracion de Boletin Oficial digo yo que no tiene.Respecto a que la Seccion Segunda se pasa las conclusiones del plenillo que se realizo para unificar medidas, te pondré aqui las palabras de mi "admirado" sr Baena: Baena reconoce que episodios así son posibles, pese a ser poco comprensibles, y recuerda que aquel plenillo: "No era jurisdiccional y, por tanto, no generaba jurisprudencia".Al contrario que tu yo creo que los interes que movieron a dictar dicha sentencia son los motivos del sentido comun, ante esto mejor no decir nada.: El tribunal argumenta que, para que haya una condena, se exige "algo más" que la existencia de una edificación no autorizable en terreno no urbanizable (en un Bien de Interés Cultural), como por ejemplo "el deterioro irreversible del paisaje urbano, la privación de espacios comunitarios o el aumento desmedido de la densidad de población". Y, en este caso, según la Sección Segunda de la Audiencia, "no se afecta ni a ningún valor paisajístico ni arqueológico". "Ello no quiero decir lógicamente -argumentan los magistrados- que el resto de la infracción urbanística quede impune, pues para ello existe el Derecho Administrativo, dotado de amplios y eficaces medios".

Hastur dijo...

Veamos: No, no tengo ninguna notificación, será que Sta. Rosa no es BIC. Que yo sepa, el condenado al derribo compró la vivenda y la parcela despues de la ampliacion del BIC, no creo que haya que notificarle nada. El derecho a la vivienda, estamos de acuerdo, es un cachondeo. De todas formas, en tu interpretación ampararia a los okupas, cosa que no creo que apoyes. Ese derecho queda supeditado a la legalidad de la vivienda. En cuanto al juez, cierto, el plenillo no crea jurisprudencia, pero supongo que lo harian por algo, ¿no? En cuanto a su apreciación del impacto sobre el Conjunto, si el sabe de la ley, debería escuchar la opinión de expertos al respecto del paisaje y demas, no "decidir" que no hay tal impacto.

PITERO dijo...

Lo siento pero vuelves a equivocarte, la vivienda fue comprada antes de la declaración de zona BIC, y la notificacion no solo se debio mandar a todas las parcelas que no estuviesen construidas, si no a todas, ya que se deberia de notificar igualmente la "necesidad" de pedir autorización, que no la "prohibicion" como muchos pensais, para la realizacion de cualquier obra o mejora dentro de su propiedad.Respecto a la consulta de expertos .¿que expertos? escuchamos solo los que estan a favor de la "limpia" o a todos .La defensa presento informes de las numerosas catas arqueologicas que en dicha urbanizacion se habian realizado sin encontrar absolutamente nada de nada.La propia Seccion Segunda argumenta:"no se afecta ni a ningún valor paisajístico ni arqueológico".Pero a ti veo que solo te interesan las argumentaciones en contra las a favor la minusvaloras.En fin...

Hastur dijo...

Pitero, segun el periodico, la casa se empezó a construir en 2006, es decir, tras la ampliación del BIC. Cierto, el BIC impone una necesidad de pedir permiso para obras o construcciones pero en el caso que nos ocupa, eso equivale a una prohibición, porque en ningun caso se permitirian obras en ese ambito. Cuando me refiero a expertos, hablo del paisaje, nadie pretende que ahi haya restos arqueologicos. Los expertos del paisaje seran geografos y gente asi, no jueces. A eso iba.

PITERO dijo...

Te recuerdo igualmente que acudir a peritos ajenos al tramite judicial, es algo, que en este caso deberia haber presentado la acusación. La defensa por su parte si presentó informes favorables.Tal vez a la acusación, le dio "verguenza" plantear esa discursión, la del paisaje,me refiero, en un foro jurídico.Por que lo del paisaje, y demas floriendas, queda muy bonito aqui en los diarios en los blogs, pero plantearle a un juez que decida entre los derechos "fundamentales" de una persona, y la preservación de un paisaje,que quieres que te diga a algunos esa carga se le haría muy pesada.

Hastur dijo...

Repetimos, el derecho fundamental no puede basarse en una ilegalidad. Tenemos derecho al trabajo, pero no podemos entrar en una fabrica por la fuerza a trabajar y esperar que nos acepten. Quieres convertir una cuestión de urbanismo ilegal en uno de derechos fundamentales porque sabes que el primero es cosa perdida frente a la opinion publica.

PITERO dijo...

Si miras bien , observarás como he entrecomillado lo de fundamental, ya se que ese derecho es tambien de los llamados " de adorno",.Aqui mas que legalidad, lo que se está demandando es Justicia, ya no solo dentro de la urbanización, que se está tratando a parcelistas con diferentes raseros, pero eso ya aparece en otro post, si no tambien con el resto de urbanizaciones .